martes, 7 de abril de 2009


POSTERIOR A LOS ALEGATOS DEL LUNES SE DICTÓ LA SIGUIENTE RESOLUCIÓN EN LA CORTE SUPREMA


Santiago, seis de abril de dos mil nueve.
A fojas 349: como se pide, a costa del solicitante.
A fojas 350, 351 y 356: téngase presente.
A fojas 361: a sus antecedentes.
Como medidas para mejor resolver pídase al Ministerio de Vivienda y Urbanismo que remita el Plan Regulador Intercomunal de Valparaíso y sus anexos; y asímismo requiérase informe a Ilustre Municipalidad de Puchuncaví sobre si la resolución N°112/06 fue notificada o comunicada por alguna vía a los habitantes de dicha comunidad, a fin de que los interesados pudieren reclamarla o impugnarla.
Al efecto ofíciese, haciendo presente que los informes deberán ser evacuados dentro de cinco días.
Nº1219-09

1 comentario:

Anónimo dijo...

A raíz del requerimiento de la Corte Suprema, en cuanto a si fué,dada a conocer ,a la comunidad la resolución 112, por supuesto que algo van a inventar( tampoco los desestimemos),pero el Consejo Ecológico,como siempre,desenmascarará al Sr. de la querencia.